LEGALIZACION
Y ADMINISTRACION DE PROPIEDADES DE FALLECIDOS
La siguiente información
se aplica solamente a asuntos legales en la Florida. Las únicas personas
cuyas propiedades están sujetas a la jurisdicción de la Florida son
aquéllas que fallecen dejando pertenencias en la Florida y aquellas
que fallecen siendo residentes de la Florida.
El término "legalización"
se refiere a los pasos necesarios para establecer la validez de un
testamento y admitir un testamento para ser administrado en un procedimiento
de la corte. "Legalización" libremente se refiere a la administración
de cualquier propiedad sujeta a la jurisdicción de la corte. El representante
legal de la propiedad de un fallecido es el representante personal
y es designado por la corte para administrar la propiedad. En el pasado,
el representante personal ha sido conocido como el albacea testamentario.
Los siguientes
bienes estarán sujetos a la administración de propiedades en la Florida:
Bienes
Intangible
Las cuentas poseídas
por el fallecido solo en una institución financiera para las cuales
el fallecido no designó un beneficiario superviviente a quien el balance
de la cuenta debería ser pagado al fallecimiento del poseedor de la
cuenta.
Notas promisorias,
certificados de valores, y cheques pagaderos al fallecido solo o al
fallecido y uno o más personas más, sin designar un derecho de supervivientes.
Si es poseído por una pareja de casados y el instrumento negociable
establece "esposo y esposa" o palabras similares después
de los nombres de los propietarios, el instrumento no podrá estar
sujeto a la administración de propiedades.
Intereses
de Negocios
Propiedad
personal tangible,
tal como vehículos, joyería, obras de arte, colecciones, e instrumentos
musicales.
Inmuebles poseídos por el fallecido solo o como un inquilino en común con una
o más personas. Un abogado deberá verificar el tipo de posesión.
Pólizas
de seguro de vida y otros instrumentos y cuentas financieras pagaderas a un beneficiario
que no sobrevive al fallecido o pagaderas al patrimonio del fallecido.
Si el fallecido
dejó un testamento válido que es admitido para legalización, la propiedad
es llamada "testada." De lo contrario, la propiedad es considerada
"intestada" y los herederos de la propiedad son determinados
por la ley.
Hay leyes que
otorgan derechos a ciertos miembros de la familia para heredar una
parte de la propiedad de un fallecido mayor que lo que el testamento
provee. Esto se puede aplicar a los cónyuges supervivientes y a los
hijos del fallecido, en ciertas circunstancias.
Algunas veces
casi todos los bienes de un fallecido pueden estar en fideicomiso
en-vida o revocables. La ley de la Florida debe cumplirse liberando
los bienes de cualquier reclamo potencial de acreedores de la propiedad.
En adición, un cónyuge superviviente puede reclamar una acción del
fideicomiso bajo las leyes que regulan las acciones electivas.
En los años recientes,
muchos mitos se han extendido por los no-abogados llevando a algunas
personas a creer que debieran hacer lo que fuera necesario para evitar
someter sus propiedades al proceso de legalización de testamento.
Usted debería consultar con un abogado para planear su propiedad apropiadamente.
La información
legal proporcionada en estas páginas es general. Usted no debe basarse
en la información para su situación específica.
Contacte a Linda
Singer para una consulta y determinar que derechos puede usted tener
en su situación específica.
