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LEGALIZACION Y ADMINISTRACION DE PROPIEDADES DE FALLECIDOS

La siguiente información se aplica solamente a asuntos legales en la Florida. Las únicas personas cuyas propiedades están sujetas a la jurisdicción de la Florida son aquéllas que fallecen dejando pertenencias en la Florida y aquellas que fallecen siendo residentes de la Florida.

El término "legalización" se refiere a los pasos necesarios para establecer la validez de un testamento y admitir un testamento para ser administrado en un procedimiento de la corte. "Legalización" libremente se refiere a la administración de cualquier propiedad sujeta a la jurisdicción de la corte. El representante legal de la propiedad de un fallecido es el representante personal y es designado por la corte para administrar la propiedad. En el pasado, el representante personal ha sido conocido como el albacea testamentario.

Los siguientes bienes estarán sujetos a la administración de propiedades en la Florida:

Bienes Intangible

Las cuentas poseídas por el fallecido solo en una institución financiera para las cuales el fallecido no designó un beneficiario superviviente a quien el balance de la cuenta debería ser pagado al fallecimiento del poseedor de la cuenta.

Notas promisorias, certificados de valores, y cheques pagaderos al fallecido solo o al fallecido y uno o más personas más, sin designar un derecho de supervivientes. Si es poseído por una pareja de casados y el instrumento negociable establece "esposo y esposa" o palabras similares después de los nombres de los propietarios, el instrumento no podrá estar sujeto a la administración de propiedades.

Intereses de Negocios

Propiedad personal tangible, tal como vehículos, joyería, obras de arte, colecciones, e instrumentos musicales.


 

Inmuebles poseídos por el fallecido solo o como un inquilino en común con una o más personas. Un abogado deberá verificar el tipo de posesión.

Pólizas de seguro de vida y otros instrumentos y cuentas financieras pagaderas a un beneficiario que no sobrevive al fallecido o pagaderas al patrimonio del fallecido.

Si el fallecido dejó un testamento válido que es admitido para legalización, la propiedad es llamada "testada." De lo contrario, la propiedad es considerada "intestada" y los herederos de la propiedad son determinados por la ley.

Hay leyes que otorgan derechos a ciertos miembros de la familia para heredar una parte de la propiedad de un fallecido mayor que lo que el testamento provee. Esto se puede aplicar a los cónyuges supervivientes y a los hijos del fallecido, en ciertas circunstancias.

Algunas veces casi todos los bienes de un fallecido pueden estar en fideicomiso en-vida o revocables. La ley de la Florida debe cumplirse liberando los bienes de cualquier reclamo potencial de acreedores de la propiedad. En adición, un cónyuge superviviente puede reclamar una acción del fideicomiso bajo las leyes que regulan las acciones electivas.

En los años recientes, muchos mitos se han extendido por los no-abogados llevando a algunas personas a creer que debieran hacer lo que fuera necesario para evitar someter sus propiedades al proceso de legalización de testamento. Usted debería consultar con un abogado para planear su propiedad apropiadamente.

La información legal proporcionada en estas páginas es general. Usted no debe basarse en la información para su situación específica.

Contacte a Linda Singer para una consulta y determinar que derechos puede usted tener en su situación específica.


LA PRÁCTICA SE LIMITA A ASUNTOS DE LA FLORIDA

 
 

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